Congreso de BC declara procedente creación del Sistema Estatal de Cuidados
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Redacción

Tijuana, 23 de mayo de 2026.- Con el fin de visibilizar el cuidado como un derecho, tanto para quienes lo reciben como para quienes lo brindan, el Pleno del Congreso bajacaliforniano emitió la declaratoria de procedencia, para la creación del Sistema Estatal de Cuidados, estableciendo sus bases.
Dicha acción legislativa deriva de una iniciativa de reforma al artículo 7 de la Constitución estatal, planteada por la diputada Daylin García, para establecer el derecho humano a cuidado, considerándolo como el conjunto de actividades, servicios, recursos y relaciones que permiten atender las necesidades cotidianas de niñas, niños, personas adultas mayores o con discapacidad, que así lo requieran.
Durante sesión ordinaria, el Pleno aprobó tanto el dictamen de referencia de la Comisión de Gobernación, Legislación y puntos Constitucionales, así como la reserva presentada por la diputada Michel Sánchez.
Mediante oficios de números 007395, 007396, 007397, 007398, 007399, 007400 y 007401, remitidos el 16 de abril de 2026 a los siete Ayuntamientos de Baja California, se les solicitó el sentido de su voto, en relación al dictamen y a la reserva correspondiente, el cual fue aprobado por los Ayuntamientos de Tijuana, Tecate, San Felipe. Por otro lado, los ayuntamientos de San Quintín, Mexicali, Playas de Rosarito y Ensenada, no manifestaron el sentido de su voto por lo que, en términos de la Constitución Política Local, se considera que aceptan la adición o reforma.
Por lo antes expuesto se procedió a declarar formalmente la reforma al artículo 7 de la Constitución del Estado. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. Asimismo, dentro de los 360 días naturales siguientes, contados a partir de la publicación del presente Decreto en el Periódico Oficial del Estado, el Poder Legislativo deberá expedir la Ley reglamentaria del artículo 7, Apartado A, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, relativa al sistema de cuidados.
Las entidades, dependencias y organismos públicos del orden estatal y municipal operarán el sistema de cuidados de acuerdo con su disponibilidad presupuestal, en los términos de la legislación secundaria que en su momento se expida.










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