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Armonizan Ley de Pesca y Acuacultura de BC con legislación federal

Redacción



Tijuana.- Con el fin de armonizar la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables para Baja California con la Ley General, con respecto al nuevo Instituto de Pesca Federal, el Congreso local aprobó reformar la ley referida.


Entre los motivos que se consideraron en la exposición de motivos del dictamen presentado por la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, está que la actividad pesquera es un pilar para la economía bajacaliforniana, debido a la ubicación de la entidad, rodeada por los mares del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California, así como el Río Colorado.  


La propuesta explica además que por cambio de políticas en materia pesquera del Gobierno federal, se creó un nuevo instituto de pesca, denominado Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), por lo que es necesario una armonización a la ley estatal, para lo que el Pleno avaló por unanimidad con 19 votos reformar los artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22, y 23 de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado.


Con respecto al artículo 17, el Consejo se integrará de la siguiente forma: Una Presidencia que será; las personas titulares de las siguientes secretarías: de Pesca y Acuacultura; de Hacienda; de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Reordenación Territorial; y de la Secretaría de Bienestar.  


Se integrará además por las personas titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable; y de Turismo; de la persona presidenta del Consejo Municipal de Pesca y Acuacultura de los Municipios que cuenten con dicho órgano, o en su defecto una persona representante de cada uno de los Ayuntamientos del Estado.


Así como por una persona representante del sector pesquero o acuícola, por cada uno de los Municipios del Estado, designados por el Consejo, para un período de tres años y sin derecho a reelección, mediante los procedimientos participativos y transparentes que determine el Reglamento; y, una persona representante del sector académico, que será designado por el consejo, mediante los procedimientos participativos y transparentes que determine el Reglamento.  


Cada persona integrante propietaria designará una persona suplente, quien asistirá a las sesiones del Consejo en ausencia de la persona propietaria, con todas las facultades y derechos que a esta corresponda.  


El Consejo contará con una secretaría técnica designada por la presidencia, de entre las personas de la propia Secretaría, quien deberá contar con nivel de Dirección de área por lo menos. Las personas integrantes propietarias y suplentes del Consejo serán a título honorífico.

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