Redacción
Tijuana.- El Congreso bajacaliforniano aprobó por unanimidad reformar diversos códigos y leyes en la entidad para sancionar con hasta cinco años de cárcel a deudores alimentarios, con la llamada "Ley Sabina".
De acuerdo con la iniciativa, serán sancionados quienes injustificadamente no proporcionen los alimentos a las personas con las que tengan deber legal, se impondrá prisión de dos a cinco años, la suspensión o privación de la patria potestad y demás derechos de familia, igual pena será impuesta a las personas que no proporcionen atención geriátrica a las personas adultas mayores de sesenta años, a quien no proporcione los gastos de atención médica a la mujer embarazada o persona gestante, incluyendo el gasto del parto, con las que tengan ese deber legal.
Con las modificaciones a la legislación estatal se pretende responder a la grave situación que se enfrentan mujeres, personas gestantes, niñas, niños y adolescentes que se ven afectadas por la falta de la obligación de proporcionar alimentos y auxilio por parte de la persona responsable, por lo que busca ponderar el derecho que tienen las personas a recibir alimentos, específicamente las infancias.
Por otro lado, se establece que en el caso de que no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, para efectos de cubrir los alimentos o la reparación del daño, se determinarán con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en el último año. El Poder Judicial tendrá a su cargo la operación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Asimismo, en materia administrativa destaca que en todas las modalidades de solicitud de licencia o su revalidación se requerirá a la persona solicitante presentar su certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias; además en materia civil se establece la obligación de la persona juzgadora informar a las autoridades migratorias para impedir que el deudor alimentario salga del país.
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