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  • Foto del escritorCicuta News

Propone impulsar actividades deportivas entre comunidades rurales e indígenas

Redacción


Tijuana.- Con el fin de que los municipios promuevan y fomenten la participación y organización de comunidades rurales e indígenas en actividades deportivas, impulsando así alternativas saludables a conductas de riesgo entre la población joven durante su tiempo libre, el diputado Héctor Zamorano presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Cultura Física y Deportes Estatal.


La propuesta del legislador establece que al fomentar la participación de los pueblos y barrios originarios en el deporte en Baja California, no solo se contribuye a mejorar la salud y el bienestar de estas comunidades, sino que también fortalece su identidad cultural, promueve la inclusión social, contribuye al desarrollo comunitario y la reducción de desigualdades.


Zamorano Alcantar destacó que en materia de salud, el deporte promueve un estilo de vida activo y saludable, contribuyendo a reducir los riesgos de enfermedades crónicas como la obesidad, la diabetes y las enfermedades cardíacas, que pueden afectar de manera desproporcionada a las comunidades indígenas.

Asimismo, afirmó que fortalece la identidad cultural, al incorporar prácticas y símbolos culturales en las actividades deportivas y alentar el orgullo étnico y cultural, a la par que puede contribuir al desarrollo comunitario, al fomentar el trabajo en equipo, el liderazgo y la colaboración entre los miembros de la comunidad, así como al proporcionar oportunidades para la construcción de infraestructuras deportivas, y la organización de eventos deportivos locales.


En ese sentido, propuso una adición al artículo 43 de la Ley de la Cultura Física y Deportes del Estado de Baja California, para quedar como sigue: Los Municipios, tienen participación en el SECUDE, a través de los Organismos Municipales, y coadyuvarán en la realización de los siguientes objetivos comunes: VIII.- Promover y fomentar la participación, activación y organización de comunidades rurales e indígenas en actividades deportivas.

IX.- Las demás que le otorguen otras disposiciones jurídicas aplicables.

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