Redacción
Tijuana.- El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), cuyas normas obligan a los usuarios de telefonía celular a registrar sus datos personales y biométricos, fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN).
Debido a que la ciudadanía tiene derecho a no proporcionar sus datos personales sin saber el uso que se le dará ni cómo se evitará que se utilicen de forma indebida, los fundamentos del padrón fueron hallados inconstitucionales, al no existir esta alternativa para los usuarios, pues las normas establecen que de no aportar dichos datos, no habrá acceso a una línea móvil.
Durante la discusión, la ministra Norma Lucía Piña Hernández reconoció la legitimidad del fin del Panaut, sin embargo indicó que su ejecución es invasiva en los derechos humanos de la población usuaria.
Luego de la votación de la Corte, donde nueve ministros votaron a favor de la invalidez total del decreto para crear el Panaut, superando así el mínimo para obtener mayoría calificada, la base de datos no será creada. De esta forma se establece un precedente que indica que las bases de datos personales y biométricos pueden suponer un riesgo mayor a las ventajas que aportarían en cuestión de seguridad.
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