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  • Foto del escritorCicuta News

Avala SCJN aborto en caso de violación, sin denuncia ante MP y sin permiso de tutores de menores

Redacción


Tijuana.- Los hospitales públicos en México deben practicar abortos a menores en caso de violación, incluso sin autorización de sus padres o sin haber interpuesto denuncia penal, determinó el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al avalar la Norma Oficial Mexicana (NOM) que lo ordena. Asimismo, los magistrados fallaron a favor de que el procedimiento se efectúe a mujeres víctimas de violación sin el requisito de denuncia ante las autoridades judiciales.


Pese a que en 2019 la Corte avaló la interrupción de embarazos en casos de violación independientemente de si existía denuncia ante el Ministerio Público, los congresos de Aguascalientes y Baja California interpusieron controversias constitucionales, alegando que la determinación no respetaron sus competencias locales.


Estos argumentos fueron desechados este martes en la sesión de la SCJN, por decisión mayoritaria, con nueve votos. El ministro ponente, Luis María Aguilar Hernández, dijo que el alegato de invasión de competencias no es válido "cuando lo que está en juego es nada más y nada menos que los derechos humanos de las víctimas".


Por su parte, Loreta Ortiz, otra de las ministras que respaldaron la medida, señaló que "la restricción para que las niñas mujeres y personas con capacidad de gestar, víctimas de violación, tengan que contar con una autorización judicial para que se lleve a cabo un procedimiento de interrupción del embarazo, constituye una forma de violencia y discriminación institucional en su contra”.

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