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Foto del escritorCicuta News

Aprueban sanciones para funcionarios que autoricen edificaciones en zonas propensas a deslaves

Redacción

Tijuana.- La expedición de permisos para realizar cualquier tipo de construcción, urbanización o asentamientos humanos, sin observar o yendo en contra de lo establecido por el Atlas de Riesgos, será considerada como una falta administrativa grave para los servidores públicos, quienes podrían ser suspendidos o destituidos, incluso inhabilitados y recibir una sanción económica, luego de que el Congreso de Baja California aprobara la reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado.

El argumento con el que el legislador Ramón Vázquez presentó en su momento la iniciativa para dicha modificación fueron los lamentables sucesos que vivieron familias y residentes de Tijuana de las colonias Camino Verde, Sánchez Taboada y el Rubí, en donde no se tomaron en cuenta los planes, programas y el orden que debe prevalecer en el desarrollo urbano de las ciudades, lo que provocó un impacto en la seguridad y el patrimonio de los habitantes.


Añadió que las actuales figuras de responsabilidad grave para servidores públicos no contemplan supuestos de esta naturaleza de manera clara y objetiva, y que debido a que es necesario endurecer el sistema de responsabilidades en este sentido para inhibir estos vicios.


El dictamen, presentado por las Comisiones Unidas de Justicia y de Desarrollo Metropolitano, Conurbación e Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, fue aprobado por unanimidad, por 21 votos a favor y cero en contra, cero abstenciones, de forma que se adicionó el artículo 63 BIS a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California, cuya sanción va de la suspensión a la destitución del empleo, cargo o comisión, así como sanción económica e inhabilitación.

Asimismo, se aprobó la la armonización de los artículos 4, 5, 9, 15, 20, 21, 24, 35, 46, 48, 54, 69 y 75, de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California conforme a las nuevas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, con el fin de actualizar ordenamientos que aparecían ya sin vigor en el dicho texto legal, y vincularlos de forma correcta con otras leyes complementarias, favoreciendo al principio de certeza jurídica.

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