Aprueban revocación de mandato en BC; condiciones impiden solicitarlo en administración de Ávila
- Cicuta Noticias

- 15 ago
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Redacción

Tijuana, 15 de agosto de 2025.- A partir de la próxima administración estatal será posible la revocación de mandato a través de la participación ciudadana, luego de que el jueves el Congreso bajacaliforniano aprobara, por unanimidad, incorporar dicha figura a la Constitución local. Esta medida permitirá que las y los ciudadanos evalúen el desempeño de quien encabeza el Poder Ejecutivo estatal y, en su caso, soliciten su remoción mediante el voto popular.
La reforma aprobada establece que el proceso podrá ser convocado por el Instituto Estatal Electoral (IEE), a petición de la ciudadanía, siempre que se reúna al menos 10% de firmas de la lista nominal de electores, distribuidas en la mitad más uno de los municipios del Estado. El Instituto tendrá 30 días hábiles para verificar el cumplimiento de este requisito y emitir la convocatoria.
Asimismo, la solicitud de revocación solo podrá presentarse una vez por periodo constitucional, y debido a que deberá ser durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de mandato, no podrá hacerse durante la administración actual, que ya rebasó dicho plazo.
En cuanto a la jornada de votación, se realizará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la convocatoria, mediante sufragio libre, directo y secreto, en fecha no coincidente con procesos electorales federales o locales. Para que el proceso tenga validez, deberá participar al menos el 40% de las personas inscritas en el listado nominal, y la revocación procederá únicamente si la mayoría absoluta vota a favor.
El IEE será responsable de organizar, desarrollar y computar la votación, así como de emitir los resultados y, en su caso, la declaratoria de revocación. Las resoluciones podrán ser impugnadas ante el Tribunal de Justicia Electoral del Estado, conforme a lo dispuesto por la ley.
Durante el proceso, queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas o promoción del ejercicio. La difusión estará a cargo exclusivamente del Instituto, con fines informativos, de manera objetiva e imparcial. Asimismo, se suspenderá toda propaganda gubernamental estatal y municipal, salvo campañas relativas a servicios educativos, de salud o protección civil.
Finalmente, el Congreso del Estado será responsable de emitir la Ley Reglamentaria correspondiente, a fin de garantizar la operatividad y legalidad del nuevo mecanismo de participación ciudadana.
La reforma modifica los artículos 5, 12, 18, 27, 44 y 46, con base en iniciativas del diputado Juan Manuel Molina y las diputadas Alejandrina Corral y Daylín García, quienes coincidieron en una misma visión legislativa para establecer un marco legal claro y garantista sobre este derecho ciudadano.










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